La política social distributista de la Iglesia (I)

León XIII, retrato de Philip de László

El gran filósofo legitimista Frederick Wilhelmsen afirmaba que «la política de los católicos [distributistas] se ha ahogado en cervezas y buenas conversaciones, destino del Distributismo Chesterbellociano». Sería injusta esta descripción si se refiriera a la sana filosofía social defendida por dicho movimiento, debeladora de muchos errores tópicos difundidos en nuestra (di)sociedad contemporánea; pero algo de razón tendría el pensador americano refiriéndose a su inoperante «idealismo» en relación a la formulación de medios eficaces para una implementación práctica de ese (sin duda) cristiano orden social. Creemos que el principal obstáculo que impide una concepción completa de nuestra terrible realidad social radica en la difícil comprensión del mecanismo crediticio y de sus decisivas relaciones con la economía social o física de cualquier comunidad política.

Podemos empezar como los antiguos escolásticos, preguntándonos por la pregunta fundamental acerca de la finalidad de toda política económica. Así lo hacía el Mayor Douglas en su obra Warning Democracy (1931): «Existen tres hipótesis alternativas en relación al sistema [económico]. La primera de ellas consiste en que se trata de un Gobierno disfrazado, cuya finalidad primaria –si bien ciertamente no la única– es la de imponer sobre el mundo un sistema de pensamiento y acción. La segunda alternativa tiene cierta similitud con la primera, pero es más simple. Asume que la finalidad primaria del sistema [económico] es la provisión de empleos. Y la tercera, que es esencialmente todavía más simple –de hecho, tan simple que aparece enteramente ininteligible para la mayoría–, consiste en que la finalidad del sistema [económico] es meramente la de proveer bienes y servicios». Esta última es la finalidad que señala Pío XI (QA, §75): «La economía social estará sólidamente constituida y alcanzará sus fines, sólo cuando a todos y cada uno se provea de todos los bienes que las riquezas y subsidios naturales, la técnica y la constitución social de la economía pueden producir. Estos bienes deben ser suficientemente abundantes para satisfacer las necesidades y comodidades honestas, y elevar a los hombres a aquella condición de vida más feliz, que, administrada prudentemente, no sólo no impide la virtud, sino que la favorece en gran manera [como señalaba Santo Tomás de Aquino en su De Regimine Principum, II, 4]».

Ahora bien, esta finalidad primordial de todo recto orden económico se ha de conseguir mediante la promoción de un orden social justo, cuya pieza primordial consiste en la mayor difusión de la condición propietaria entre la población, de manera que éste sea el status social normal, básico o fundamental dentro de la comunidad política. Por eso, poco antes, Pio XI señalaba, refiriéndose al bien público económico (objeto de la justicia social), que (§74): «Ya hemos expuesto más arriba cuánto ayuda a este bien común que los obreros y empleados lleguen a reunir poco a poco un modesto capital [censum] mediante el ahorro de alguna parte de su salario, después de cubiertos los gastos necesarios». Cuando dice «más arriba» se refiere al apartado en el que Pío XI recuerda la finalidad social primordial de León XIII en su Rerum Novarum: la redención del proletariado (redemptionem proletariorum), nueva clase creada por el capitalismo clásico, o más bien recreadora de los antiguos ilotas (por no decir mejor esclavos), que no es lo mismo que mísero o indigente. Y señala Pío XI el mismo medio de redención que su predecesor: el acceso a la propiedad. Después de decir (§58): «Dése, pues, a cada cual, la parte de bienes que le corresponde; y hágase que la distribución de los bienes creados vuelva a conformarse con las normas del bien común o justicia social; porque cualquiera persona sensata ve cuán grave daño trae consigo la actual distribución de bienes, por el enorme contraste entre unos pocos riquísimos y los innumerables pobres»; a continuación, bajo el epígrafe «La condición del proletariado se ha superar por la accesión de los proletarios a un patrimonio», añade (§61): «Por lo cual, con todo empeño y todo esfuerzo se ha de procurar que, al menos para el futuro, las riquezas adquiridas se acumulen con medida equitativa en manos de los ricos, y se distribuyan con bastante profusión entre los obreros, no ciertamente para hacerlos remisos en el trabajo, porque el hombre nace para el trabajo como el ave para volar, sino para que aumenten con el ahorro su patrimonio [rem familiarem]».

Como paréntesis, decir que Narciso Noguer S.J. puntualiza que la frase «el hombre nace para el trabajo», es una mala traducción latina del texto escriturario de Job (5,7), cuyo sentido más bien es el de que el hombre nace para la aflicción, lo que los clásicos españoles llamaban trabajos, y que hoy día se suele denotar con la acepción galicana de la palabra sufrimientos.

(Continuará)

Félix M.ª Martín Antoniano