La Sala Civil del Tribunal Supremo español ha sentado jurisprudencia, según la cual la gestación subrogada vulnera los derechos de madre y niño, y advierte que esta práctica «daña al menor y explota a la mujer».
Así consta en su fallo con el que resuelve un recurso de casación interpuesto por la fiscalía contra una sentencia en la que declara la filiación materna de una mujer respecto de un niño nacido de una gestación por sustitución —sin intervención biológica alguna, por muy aberrante que suene— en Méjico. La mujer que reclama la filiación se limitó a suscribir un contrato con una agencia mediadora. Aun así —mantiene la Sala de lo Civil— en aras del interés del menor, dictamina que la madre que pagó por la preñez ajena pueda ser reconocida como su madre por la vía de la adopción.
El Tribunal Supremo nos recuerda que ya en una sentencia previa declaró que esos contratos de compra de úteros para engendrar vulneran los derechos fundamentales, tanto de la embarazada alquilada como del niño comprado, y por tanto son manifiestamente contrarios al orden público y nulos de pleno derecho conforme al artículo 10 de la Ley de Técnicas de Reproducción Asistida (argumentan contra una aberración con otra aberración).
Se «escandaliza» el alto tribunal español por la propaganda sin trabas que realizan las Agencias de alquiler de úteros y compra de partos en España, donde hacen publicidad sin cortapisas. El propio Tribunal cita el art. 3.1 de la Ley General de Publicidad que considera ilícita «la publicidad que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores y derechos reconocidos en la Constitución Española».
El informe jurídico del Supremo incide en las características de la que podría ser la esclavitud: « Se obliga a someterse a tratamientos médicos que ponen en riesgo la salud y que entrañan riesgos adicionales a las gestaciones resultantes de una relación sexual; se renuncia a su derecho a la intimidad y confidencialidad médica; se regulan por contrato cuestiones como la interrupción del embarazo o la reducción embrionaria, cómo será el parto (por cesárea), qué puede comer o beber, se fijan sus hábitos de vida, se le prohíben las relaciones sexuales, se le restringe la libertad de movimiento y de residencia; la madre gestante se obliga a someterse a pruebas al azar sin aviso previo de detección de drogas, alcohol o tabaco según la petición de la futura madre; y finalmente, se atribuye a la comitente la decisión sobre si la madre gestante debe seguir o no con vida en caso de que sufriera alguna enfermedad o lesión potencialmente mortal. En definitiva, se imponen a la gestante unas limitaciones de su autonomía personal y de su integridad física y moral incompatibles con la dignidad humana». Aun así, el Tribunal Supremo, como cooperador con el aborto ni los menciona los óvulos comprados e implantados en la mujer alquilada: esas vidas humanas no las considera más que producto desechable. Porque los compradores de estos servicios, no lo olvidemos, compran muerte; bajo la inocente capa de parejas deseosas de ser padres.
Pero en este régimen del 78, la apariencia no pasa de eso mismo: apariencia. Y sufrimos una democracia: según un informe de la Fundación BBVA del año 2019, el 58% de los españoles aceptan los vientres de alquiler (el 83% de Reino Unido y el 44% de Italia). Según la Asociación de Padres por la Gestación Subrogada —como era de esperar de los paladines del negocio— el porcentaje en España llega al 87% de la población.
Así, en este liberalismo que ya alcanza el salvajismo, se añade el comunicado de las mujeres de la Asociación por la Gestación Subrogada con capacidad de gestar y de decidir hacerlo (¿les suena el argumento?): «No somos vasijas. No, no lo somos. Somos mujeres, hermanas, amigas, conocidas o desconocidas, pero, sobre todo, somos madres y queremos ayudar a otras personas a que puedan ser madres y padres». En Estocolmo ya no cabe nadie más.
Y —¿sorpresa?— es Ucrania el país líder de este negocio: a cambio de 40.000-60.000 euros, (EEUU es el doble de caro, allí el poder adquisitivo es mayor) las parejas pueden elegir en la teletienda de mujeres fértiles la que será embarazada sucesivamente hasta que algún embrión llegue al término deseado. Y tanto es así que el negocio está consolidado en su legislación, principalmente en el Código de Familia. Su artículo 123.2 explicita que «si un óvulo concebido por los cónyuges se implanta a otra mujer, los esposos serán los padres del niño».
Y con el conflicto actual, muchas de estas parejas tratantes se encuentran con problemas para la satisfacción de los deseos por los que han pagado. Así lo confirmó a Euronews Next Sam Everingham, de la asociación Growing Families (asociación que lleva más de 10 años en la trata de personas): «Nunca hemos visto nada peor. Es una crisis absoluta».
Pero la actualidad salta a la palestra, no sólo con Ucrania como el principal magnate de este negocio, si no también el reciente reyezuelo del PP y «promesa blanca» de la derecha española: Alberto Núñez Feijoo. Cabe recordar como en el 2017, los populares gallegos rechazaron en el Parlamento, donde gozan de mayoría absoluta, una iniciativa del BNG que pedía a la Cámara un pronunciamiento en contra de la legalización de la gestación subrogada.
Agencia FARO, Círculo Tradicionalista de Baeza. R. Gómez Bastida