Este año se cumple el bicentenario del final de un caso eclesiástico muy interesante: «el caso Settele» (objeto en su día de la primera gran campaña mediática de la Época Contemporánea), el cual no quisiéramos dejar pasar por alto pues suele dársele la mala interpretación de significar poco menos que la «rectificación» pública de la Iglesia de sus antiguas condenas del siglo XVII tanto de la doctrina copernicana en general, como de Galileo en especial. Por lo menos ésa es la consideración que se desprende de las palabras que pronunció el Cardenal P. Poupard en la Asamblea Plenaria de la Academia Pontificia de Ciencias del 31 de octubre de 1992, al presentar las conclusiones de la Comisión Especial que el Papa Juan Pablo II había creado en 1981 para el estudio de «el caso Galileo»: «En 1820 el Canónigo [Giuseppe] Settele, Profesor de la Universidad de Roma La Sapienza, cuando iba a publicar [un libro de Astronomía procopernicano], tropezó con el rechazo del Padre [Filippo] Anfossi, Maestro del Sacro Palacio, que no quiso concederle el imprimatur.
Este incidente dio la impresión de que la Sentencia de 1633 [contra Galileo] había efectivamente permanecido sin reformar porque era irreformable». A su vez, Juan Pablo II, en la misma Sesión, confirmaba en su discurso: «El Cardenal Poupard nos ha recordado también que la Sentencia del año 1633 no era irreformable, y que el debate, que no había dejado de desarrollarse, se concluyó en 1820 con la concesión del imprimatur a la obra del Canónigo Settele». Sin embargo, como decíamos, ésta es una interpretación bastante ligera, y la cosa no es tan sencilla. En efecto, siguiendo las indicaciones del Rector de la Universidad de que los Profesores publicaran en libros de texto sus lecciones de clase, el Canónigo Settele procedió a estampar en 1819 sin ningún contratiempo su primer Tomo dedicado a la Óptica; pero al segundo Tomo, dedicado a la Astronomía, le fue denegado el imprimatur en Enero de 1820 por el Maestro del Sacro Palacio (quien tenía, entre otras funciones, la censura de cualquier obra que se quisiera publicar en la Diócesis de Roma). Settele realizó una súplica o apelación al Papa Pío VII, quien remitió el asunto a la Sagrada Congregación de la Inquisición, que dio la razón al Canónigo en su Decreto de 16 de agosto, a pesar de lo cual el P. Anfossi se mantuvo en sus trece rehusando dar su aprobación, publicándose finalmente el dicho Tomo II en Enero de 1821 sin la firma del P. Maestro y sólo con el imprimatur del Vicario General de Roma. Durante todo este proceso se generó una interesantísima disputa de réplicas y contrarréplicas entre el P. Anfossi y el P. Maurizio Olivieri (que había sido nombrado en Julio nuevo Comisario de la Santa Inquisición), cuyos textos se recopilan en la obra del Cardenal W. Brandmüller: Copernico, Galilei e la Chiesa. Fine della controversia (1820), editada en 1992. A la vista de estos textos (que Poupard y el Papa Juan Pablo pretendían que sirvieran de base para su errónea tesis), lo cierto es que Olivieri coincidía con Anfossi en considerar los antiguos Decretos y Sentencias como irreformables. Olivieri, por su parte, sostenía la idea de que la causa de esas viejas condenas teológicas radicaba en que la Iglesia había rechazado la filosofía natural que las sustentaría, de manera que, una vez que se hubo rectificado la filosofía, esas condenas ya no tendrían razón de ser. Pero Anfossi replicaba recordando la Profesión de Fe de Pío IV que él había jurado, la cual prescribe admitir «la Sagrada Escritura conforme al sentido que sostuvo y sostiene la Santa Madre Iglesia, a quien compete juzgar del verdadero sentido e interpretación de las Sagradas Escrituras», y que proscribe tomarlas e interpretarlas «sino conforme al sentir unánime de los [Santos] Padres». Y traía a colación la aserción, extraída de la Sentencia contra Galileo, de no poder «de ningún modo ser probable una opinión declarada y definida como contraria a la Escritura Divina».
El historiador Antonio Favaro recoge la posición de Anfossi, resumida por éste en estos puntos: «1) Que ha habido un verdadero precepto pontificio de no enseñar la doctrina del movimiento de la Tierra. 2) Que esta doctrina, por una parte, es formalmente herética, y, por otra, al menos errónea in fide, porque es expresamente contraria a la Sagrada Escritura, y, por consecuencia, no pueden enseñarla aquéllos que han hecho la Profesión de Fe de Pío IV sin hacerse reos de perjurio. 3) Que la censura de las dos proposiciones [de la inmovilidad del Sol y la movilidad de la Tierra] no fue, como algunos se imaginan, sólo de los Calificadores teólogos, sino aprobada y confirmada por el Papa. 4) Que los once Calificadores la consideraron como filósofos y como teólogos: como filósofos la llamaron falsa y absurda, pero de esta censura la Santa Sede no ha hecho caso alguno; como teólogos, la calificaron formalmente herética, o al menos errónea in fide, y la Santa Sede prohibió enseñarla y difundirla». En 1822 un tal Crollis quiso publicar una reseña del libro de Settele en la revista romana Giornale Arcadico, y, ante la nueva negativa de Anfossi, la Santa Inquisición emitió otro Decreto el 11 de septiembre que ordenaba «que, por el momento, al presente y en el porvenir, no debe ser denegado por los Maestros del Sacro Palacio el permiso para la impresión y la publicación de obras que traten de la movilidad de la Tierra y de la inmovilidad del Sol según la común opinión de los astrónomos modernos»: última medida tomada al respecto hasta hoy.
Félix M.ª Martín Antoniano