
Rafael Gambra, al describir el proceso de solve et coagula por el que se ha perpetrado la destrucción de la antigua sociedad propietaria española de manos de los sucesivos Estados representativos de la Revolución, distinguía dos fases: en primer lugar, los Estados del siglo XIX, a través de los procesos confiscatorios (mal llamados «desamortizadores»), dejaron una pequeña clase burguesa-capitalista detentadora de la mayor parte de los bienes productivos, y una ingente y cada vez mayor masa de proletariados sin nada; y en segundo lugar, los Estados del siglo XX procedieron a afianzar y estabilizar el sistema capitalista con métodos que, a la par que garantizaban una cierta seguridad y suficiencia económicas a la masa de la población proletaria, iban extendiendo su control a todas las áreas de la vida social a través de su ramas de la Administración: ámbitos sanitario, educativo, asistencial, laboral, recreativo, económico-productivo, etc, etc.
H. Belloc, en su crítica al Crédito Social, distinguía muy bien entre simple seguridad económica y libertad económica: «El objetivo de aquéllos que piensan como yo en esta materia no consiste en restaurar el poder adquisitivo, sino en restaurar la libertad económica. Es cierto que no puede haber libertad económica sin poder adquisitivo […] pero no es verdad que el poder adquisitivo sea equivalente a libertad económica. Un gerente que cobra 1000 libras al año, y que puede ser despedido a capricho por su jefe, posee mucho poder adquisitivo, pero carece de libertad económica». Pero Belloc olvida que, como muy bien decían León XIII y Pío XI en sus Encíclicas sociales, un asalariado puede recibir suficiente dinero como para ahorrar parte de él y dedicarlo a la formación de su pequeño patrimonio o propiedad familiar. El mecanismo del ingreso financiero es, pues, un método indirecto de ir restaurando una comunidad política básicamente propietaria como la de la época prerrevolucionaria. Douglas estaba de acuerdo en que no basta la seguridad económica (pues entonces nos contentaríamos con la situación de Estado Servil de la segunda fase), sino que también es necesaria la libertad o independencia económicas; pero ésta sólo se puede ir restaurando a través del aumento del poder adquisitivo de las familias. La política financiera, como venimos diciendo, debe reflejar la realidad económica física, y si resulta que en el progreso económico van tomando las energías de la naturaleza aplicadas a la producción mayor protagonismo que la energía humana, esto tiene que reflejarse de manera equivalente en el ámbito financiero en provecho de la sociedad: de aquí proviene la justificación del reconocimiento de un beneficio dinerario o financiero en favor de toda la población, que no elimina al salario, sino que lo complementa como fiel reflejo de una realidad económica en donde el «salario de las máquinas» debe revertir en beneficio de toda la sociedad.
Este dividendo o crédito social creado de la nada y repartido a toda la población no es una subvención, es un derecho que se le reconoce tomando en consideración todos los factores que intervienen en la producción de la comunidad política, exactamente igual a como en una cooperativa de producción se distribuyen los beneficios entre los propios socios que intervienen de diferentes maneras en la actividad productiva de la misma. Este beneficio o dividendo social, sin perjuicio de que pueda utilizarse (como dijimos) para la adquisición de una propiedad física productiva propia, ya constituye el reconocimiento de una forma de propiedad, exactamente igual a como a un accionista de una compañía se le considera copropietario de ésta. De hecho, dicho sea de paso, ésta era la forma en que la Iglesia española pretendía recuperar su libertad económica en sus negociaciones con los sucesivos Estados revolucionarios. La Iglesia no quería el estatus de asalariada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado (que es el sistema que se acabó imponiendo), sino que defendía que la indemnización dineraria a la que tenía derecho por el latrocinio se le abonara a partir de rentas generadas por títulos de Deuda Pública puestas a su plena disposición y propiedad. Es decir, abogaba por una solución equivalente a la de la mal llamada «desamortización de Godoy». De esta forma quedarían garantizadas, no sólo su seguridad económica, sino también su libertad económica frente al Estado. Mutatis mutandis, el crédito social también produciría el mismo resultado en toda la población, no sólo en la Iglesia. No olvidemos, una vez más, que la política financiera ha de ser siempre reflejo de la realidad física de la comunidad política. Por consiguiente, este beneficio depende de la actividad productiva general de la sociedad: a mayor riqueza generada, mayor será el dividendo; a menor actividad productiva (por cualquier causa, por ejemplo un terremoto general o una guerra interna), menor será el dividendo o incluso nulo.
Félix M.ª Martín Antoniano
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