En un nuevo caso de perfecta coherencia con los postulados de la tan venerada Constitución Política de 1991, la Corte Constitucional de Colombia revocó una sentencia de primera instancia que negó el amparo a la libertad de cultos y de expresión de una menor de edad aparentemente protestante (pues la Corte la llama «cristiana», no se sabe si por ignorancia o malicia), cuyo padre presentó tutela contra una institución educativa pública a la que acusaba de obligar a su hija a tomar clases de religión católica.
Argumentó el accionante que las notas de su hija bajaron considerablemente tras negarse a asistir a las clases de religión, en las que la profesora enseñaba a los alumnos a rezar el avemaría y el rosario, y a llevarle flores a Nuestra Señora, sin que el colegio le ofreciera alternativas para obtener las calificaciones necesarias.
A pesar de que la Corte declaró la carencia actual de objeto por situación sobreviniente ―por cuanto el actor garantizó por su propia cuenta los «derechos» de su hija al cambiarla de colegio―, en virtud de la cual no estaba obligada a emitir una decisión de fondo, decidió seguir adelante con el estudio del caso debido a «la necesidad de poner de presente la transgresión a la Constitución en la que incurrieron la institución educativa y la profesora de Religión al no ofrecer alternativas que respetaran las creencias religiosas de Sara».
En efecto, en sus consideraciones resaltó la laicidad como principio rector del estado frente al «fenómeno religioso», el cual no puede favorecerse ni desincentivarse desde instancias oficiales. Por esta razón la Corte ordenó al colegio eliminar el contenido católico de la clase de religión, privilegiar «un enfoque neutral» y establecer cuáles son las alternativas para quienes no deseen recibir la enseñanza religiosa impartida.
Con esto los católicos tenemos una razón más (como si hiciera falta) para renegar del sistema jurídico-político colombiano, infestado de liberalismo hasta los tuétanos y custodiado por la nauseabunda Corte Constitucional. Y ésta, siguiendo su estricta coherencia, tendrá que aceptar que cada estudiante sea evaluado según su alternativa particular.
Agencia FARO, Colombia.
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