Más testimonios sobre la verdad del período hispánico en el Río de la Plata

los pueblos indígenas, los grandes perdedores tras la caída de la monarquía hispánica

Juan Bialet Masé

En abril de 1904 el catalán Juan Bialet Masé 1846-1907), presentó al gobierno argentino un informe sobre las condiciones de vida de la clase obrera en el interior del país que le había solicitado el ministro del Interior Joaquín V. González (a Pablo Storni se le pidió mismo sobre la Capital Federal) hacia el final del segundo gobierno de Roca (1898-1904), cuya finalidad era servir de base para una ley del trabajo, que por motivos opuestos finalmente fue rechazada.

No era un improvisado a quien se le adjudicaba esa tarea. El médico Bialet Masé, había llegado al Río de la Plata en 1873, un año después se casó en San Juan con Zulema Laprida, nieta de Francisco Narciso de Laprida, presidente del Congreso de Tucumán que declaró la independencia el 9 de julio de 1816.

Ejerció la docencia secundaria en la provincia de La Rioja, y en Mendoza, fue profesor de Medicina Legal en la Universidad de Córdoba, en donde en 1879 se recibió de abogado y posteriormente alcanzaría el título de técnico en agricultura y zootecnia.

En 1876 un episodio fortuito le hizo ganar reconocimiento público, al haber operado exitosamente sin instrumental quirúrgico adecuado, en un camino perdido al futuro presidente Roque Sáenz Peña

Tuvo además una importante trayectoria intelectual y empresaria (artífice junto a su socio el ingeniero Carlos Cassafousth del Dique de San Roqué en la provincia de Córdoba, una obra hidráulica de enormes proporciones, admirada por Gustave Eiffel, quien vino especialmente a conocerla).

El aludido Informe, antecedente importante del derecho laboral posterior, publicado en tres voluminosos tomos, era un estudio puntilloso, fruto de una ardua labor, ya que Bialet Mase recorrió el territorio, constató personalmente las características de los diversos trabajos, entrevistó a cientos de campesinos, obreros, y empresarios, a fin de exponer con seriedad la situación a la estaban expuestos los niños, las mujeres y los hombres en sus ámbitos laborales. Tenía un acápite especial sobre los pueblos indígenas y los inmigrantes.

Bialet Masé adhería a la filosofía positivista y utilitarista que reinaba en el país, y por lo tanto coincidía, en líneas generales, con la orientación del gobierno.

Pero su honestidad y seriedad intelectual le impedían mentir o disimular la realidad. De allí que el informe destrozara la mitología liberal, sobre la que se asentaba la nueva república

«Uno de los errores más transcendentales en que han incurrido los hombres de gobierno de la República Argentina ha sido preocuparse exclusivamente de atraer capital extranjero, rodeándolo de toda especie de franquicias, privilegios y garantías y de traer inmigración ultramarina, sin fijarse sino en el número…, descuidando al trabajador nativo que es insuperable en el medio. Este error no sólo ha perjudicado al país, sino al extranjero mismo. El capitalista extranjero no ha mirado al país sino como campo de explotación pasajera y usuraria; ha entregado las gestiones a personas que no miran sino el alto dividendo, como medio de asegurar sus puestos, sin reparar en los procedimientos, cayendo no pocas veces en hacerlos redundad en provecho propio; que al fin y al cabo el que extrema para otros, cae en la cuenta de que algo debe quedar para él y obtiene así dividendos que pudieran duplicarse con administraciones más racionales. Nada han hecho para mejorar el país, ni siquiera sus propias industrias; todos ven que el país progresas, pero a pocos se les ocurre preguntar: ¿qué es lo que debiera haber progresado, si esas administraciones no estrujado a sus propios obreros, no hubieran estrujado a la producción, a la que hacen cuanto pueden para dejarle sino lo indispensable para que no muera?»[1].

Bialet Masé tocaba otro punctum dolens del moderno ideario republicano. «Todos se han preocupado de preparar el terreno para recibir al inmigrante extranjero; nadie se ha preocupado de la colonia criolla, de la industria criolla, ni de ver que aquí se tenían elementos incomparables, y sólo después de observar que los patrones extranjeros preferían al obrero criollo, que los extranjeros más similares y fuertes no eran capaces de cortar tres tareas de caña en Tucumán, de arrancar un metro de mineral al Famatina, de estibar un buque en Colastiné, de horquillear en las trilladoras en la región del trigo, y de que si el extranjero siembra esas regiones portentosas de cereal, es después de haber fracasado dos y tres veces, cuando el labrador  cordobés y santiagueño se han colocado a su lado y le han enseñado a trabajar el surco, sólo ahora nos apercibimos de que él es capaz con su enorme potencialidad, de explotar este suelo»[2].

Esta actitud de desdén hacia lo criollo era un lógico corolario del pensamiento hegemónico en las clases dirigentes. En uno de los libros fundacionales, Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina, Juan Bautista Alberdi sostenía en 1852 que más allá de las transformaciones legales, el país necesitaba cambiar la población, cambiarla por una más habituada a la libertad, necesitábamos suplantar la familiar argentina por otras familias más capaces de progreso, libertad y riqueza. Es decir, era necesario construir una nueva identidad para los pueblos americanos, hacer nacer el yankee hispano-americano.

Aludiendo a la situación en que vivían los pueblos indígenas (los grandes perdedores tras la caída de la monarquía hispánica, según destaca Thomas Duve[3]), Bialet Masé hace directa referencia al nuevo espíritu imperante, y lo contrapone con el espíritu hispánico expresado en las Leyes de Indias. Seguramente sin saberlo coincidía a grandes rasgos con un editorial del diario católico La Unión del 19 de junio de 1883.

«Se reniega del indio, pero se lo explota Los que hablan de su exterminio, de arrojarlos al otro lado de la fronteras no saben lo que dicen o lo saben demasiado. Aun en el sur es donde es fácil relativamente poblar, porque el clima es similar al de Europa, el brazo del indio vendría muy bien, pero sin él en el Chaco, no hay ingenios, ni obrajes, ni algodonal (…). Los tiempos han cambiado, y el interés económico se ha so­brepuesto al moral y humanitario; por este no digo que las cosas se hagan con tanto desinterés y suavidad, que no intervenga com­pulsión ni otro género de apremio como dice la ley III, (se refiere al libro VI de la Recopilación de las Leyes de Indias); pero sí que en la distribución no se les dé tierras inservibles y sí de las calidades que preveía la ley VIII del mismo título. Muchas leyes de ese título no son del todo aplicables, porque no son conforme al nuevo modo de ser de la nación y a sus costumbres actuales»[4].

Claro, ahora soplaban nuevos vientos, el nuevo espíritu burgués combatía los antiguos usos y costumbres hispano-criollas, promoviendo la leyenda negra.

Con un dejo de nostalgia, Bialet Masé recuerda que, «la ley VI mandaba que en cada pueblo se pusieran tres cantores y un sacristán, cosa que no sé si cabría ahora, pero esa disposición tendía al amansamiento por medio de la música que es tan poderosa con ellos. Yo he conocido la orquesta de San Marcos, continuación de aquellos tres cantores en las reducciones de ese pueblo, Soto y Cruz del Eje, que cantaba en las iglesias y presidía los bailes y funciones con sus guitarras y bandurrías, sin violines y contrabajos, sin flautines y tamboriles, y estudiándolas con otras menos completas me expliqué la aparición de los cantos y bailes criollos, modificaciones de lo que los jesuitas les habían enseñado importados de la Península y las tendencias artísticas del mestizo quíchua»[5].

Horacio M. Sánchez de Loria

[1] Juan Bialet  Massé. Informe sobre el estado de las clases obreras en el inte­rior de la República, Tomo I, Buenos Aires, 1904, p. 2.

[2] Ibid, pp…3-4.

[3] Duve, Thomas, Indigenous Rights in Latin America: A Legal Historical Perspective (May 26, 2017). Dubber, Markus/Tomlins, Chris (eds.), The Oxford Handbook of Historical Legal Research, Oxford University Press, 2017, Max Planck Institute for European Legal History Research Paper Series No. 2017-02, Available at SSRN: https://ssrn.com/abstract=2976301

[4] Ibid, p. 89.

[5] Ibid, p. 90.

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