QUITO.- En Ecuador y otros países, su Corte Constitucional ha generado más sinsabores que aciertos, dada la naturaleza de sus últimas sentencias y la exigencia de su cumplimiento.
Hace pocas horas la Corte Constitucional de Ecuador suscribió un fallo donde los adolescentes (12 a 18 años de edad) podrán solicitar al Registro Civil la rectificación de su identidad de género en su cédula de ciudadanía.
Esto sucede a raíz de que el Registro Civil negó el cambio de nombre y género en la cédula de un adolescente,. La institución argumentó que la normativa vigente exige ser mayor de edad para realizar este trámite.
Ante esta negativa, el caso fue elevado a consulta judicial y finalmente analizado por la Corte Constitucional. Tras revisar la norma, los jueces determinaron que impedir de manera absoluta que menores de edad accedan a este procedimiento podría afectar derechos constitucionales relacionados con la identidad.
Este fallo es una «raya más en el tigre» y una muestra de cómo este organismo continúa favoreciendo a sectores progresistas/izquierdistas —que ya en otras ocasiones lograron aprobar sus inicuas normas,—, desnaturalizando los preceptos jurídicos y perjudicando, en última instancia, a la sociedad ecuatoriana.
Agencia FARO
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