- La Profesión de Fe de Pío IV
Tras la celebración de su vigésimo quinta y última Sesión los días 3 y 4 de diciembre de 1563, el Concilio de Trento quedó felizmente clausurado. En la jornada del día 3 se aprobó, entre otras disposiciones, un Decreto de Reforma en cuyo Capítulo II «se determina quiénes deban recibir solemnemente los Decretos del Concilio, y hacer Profesión de Fe» (El Sacrosanto y Ecuménico Concilio de Trento, 1845, p. 357). En desarrollo de este Capítulo, el Papa Pío IV, por la Bula Inunctum nobis, de 13 de noviembre de 1564, promulgaba la nueva fórmula para la Profesión de Fe, y enumeraba todos aquellos cargos eclesiásticos que debían emitirla. En su otra Bula In Sacrosancta, de misma fecha, completaba el elenco añadiendo a los Profesores de las Universidades Católicas y los alumnos que recibieran grados en ellas. El Código de Derecho Canónico de 1917, en su Canon 1406, reagrupó en una misma lista al conjunto de obligados a manifestar la Profesión.
La fórmula de Pío IV comenzaba con el Símbolo niceno-constantinopolitano. Seguidamente se especificaban las más importantes verdades definidas en los Decretos del Concilio tridentino, y se concluía al final con este párrafo de alcance general: «También admito y profeso sin la menor duda cuanto han enseñado, definido y declarado los Sagrados Cánones y los Concilios Ecuménicos, y en especial el Sacrosanto Concilio de Trento; y al mismo tiempo, todas las cosas contrarias y cualesquiera herejías por la Iglesia condenadas y rechazadas y anatematizadas, yo igualmente las condeno, rechazo y anatematizo». (Tomamos la traducción de Código de Derecho Canónico, B.A.C., 1957, p. XLVIII).
Tras el Concilio Vaticano I, por Decreto de la Sagrada Congregación del Concilio, de 20 de enero de 1877 (ASS 10 (1877), pp. 71-72), se hizo una ligera modificación en la fórmula, consistente en la adición, tras la palabra «Trento» en el texto recién transcrito, de la siguiente sentencia: «y el Ecuménico Concilio Vaticano, sobre todo respecto del Primado e Infalible Magisterio del Romano Pontífice». (Tomamos la traducción de Código de Derecho Canónico, ibid.).
San Pío X, en su Motu Proprio Sacrorum antistitum, de 1 de septiembre de 1910 (AAS 02 (1910), pp. 655-680), después de transcribir y confirmar las prescripciones contra el modernismo ordenadas a los Obispos y consignadas en su Encíclica Pascendi dominici gregis, añadía a su vez otras medidas para evitar la infiltración de ese veneno dentro del clero, entre las que se encontraba el establecimiento de un Juramento antimodernista, que habrían de emitir, junto con la consabida Profesión de Fe, una serie de personas, vinculadas a oficios eclesiales, a la predicación o a la docencia, que se señalaban en el mismo pasaje del documento.
La Sagrada Congregación del Santo Oficio, habiéndosele planteado el dubium de si los preceptos referentes tanto a los Consejos de Vigilancia diocesanos previstos en la Encíclica Pascendi, como al Juramento antimodernista del Motu Proprio Sacrorum antistitum, al no estar mencionados en el incipiente Código de Derecho Canónico, continuarían teniendo fuerza obligatoria una vez que dicho Ordenamiento entrase en vigor, contestó, con la aprobación del Papa, en Decreto de 22 de marzo de 1918, lo siguiente: «Que las prescripciones predichas, dadas a causa de los modernísticos errores que al presente circulan, son ciertamente, por su naturaleza, temporales y transitorias, y, por lo mismo, que no se las ha podido incluir en el Código de Derecho Canónico; mas, como por otra parte, el virus del “Modernismo” en modo alguno haya cesado de difundirse, de ahí el que ellas deban permanecer en su pleno vigor hasta que la Sede Apostólica no estableciere sobre esto otra cosa» (AAS 10 (1918), p. 136. Tomamos la traducción de la revista España y América, n.º primera quincena Diciembre 1918, p. 368. De aquí en adelante, a menos que se dijere lo contrario, la traducción de los textos de las Acta Apostolicae Sedis la tomaremos de la página digital oficial de El Vaticano).
La fórmula tridentina de la Profesión de Fe, con el indicado pequeño añadido de 1877, permaneció vigente durante cuatrocientos años hasta 1967. De hecho, fue la fórmula que pronunciaron el Papa Juan XXIII y los Padres Conciliares en la solemne Sesión Pública de apertura del Concilio Vaticano II, el 11 de octubre de 1962 (cfr. Acta Synodalia, I/1, pp. 157-158).
El 17 de julio de 1967, la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, a cuyo frente todavía se encontraba el Cardenal Alfredo Ottaviani, sancionó una nueva «fórmula que se debe emplear para la Profesión de Fe en los casos en que lo prescribe el Derecho en lugar de la fórmula tridentina y del Juramento antimodernista», tal como enunciaba el encabezado. Era breve, ya que constaba solamente del Credo niceno-constantinopolitano, y de una cláusula genérica que rezaba así: «También acepto y retengo firmemente todas y cada una de las cosas sobre la doctrina de la fe y las costumbres, propuestas por la Iglesia, sea definidas por un juicio solemne, sea afirmadas por el magisterio ordinario, tal como son propuestas por la misma, en especial las que se refieren al misterio de la Santa Iglesia de Cristo, sus Sacramentos, el Sacrificio de la Misa y el Primado del Romano Pontífice» (AAS 59 (1967), p. 1058).
Esa fórmula se mantuvo hasta que el Papa Juan Pablo II dio su beneplácito a la definitiva que le presentó el Cardenal Joseph Ratzinger, a la sazón Prefecto de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, en la Audiencia concedida el 1 de julio de 1988, tal y como se relata en un conciso Rescripto de dicho Prefecto fechado el 19 de septiembre de 1989 (cfr. AAS 81 (1989), p. 1169). En ese mismo 1 de julio, el Cardenal Bernandin Gantin, Prefecto de la Sagrada Congregación para los Obispos, expedía el Decreto de declaración de excomunión latae sententiae contra los Obispos Marcel Lefebvre, Antonio de Castro Mayer, Bernard Fellay, Bernard Tissier de Mallerais, Richard Williamson y Alfonso de Galarreta (cfr. L´Osservatore Romano, 03/07/1988), como consecuencia de las consagraciones episcopales efectuadas en la memorable jornada de la víspera.
- Primera época de la contienda entre la Curia Romana y la HSSPX
Orígenes de la disputa
Se puede identificar como punto de inflexión a partir del cual se iniciará el contraste de visiones, que persiste hasta nuestros días, entre la Hermandad Sacerdotal San Pío X y las autoridades vaticanas, la Declaración que el Arzobispo Lefebvre dirigió a los miembros de su asociación con fecha 21 de noviembre de 1974, apareciendo publicada por vez primera en el n.º de enero de 1975 de la revista mensual parisina Itinéraires.
En esa Declaración, verdadero discurso programático, principiaba proclamando el Prelado: «Adherimos de todo corazón, con toda el alma, a la Roma católica, guardiana de la Fe católica y de las tradiciones necesarias para el mantenimiento de esa Fe; a la Roma eterna, maestra de sabiduría y de verdad. En cambio, nos rehusamos, como nos hemos rehusado siempre, a seguir a la Roma de tendencia neomodernista y neoprotestante, que se manifestó claramente en el Concilio Vaticano II, y, después del Concilio, en todas las reformas que de él surgieron. En efecto, todas esas reformas han contribuido y siguen contribuyendo a la destrucción de la Iglesia». Más adelante, apuntaba: «Ninguna autoridad, ni siquiera la más elevada de la Jerarquía, puede obligarnos a abandonar o disminuir nuestra Fe católica, claramente expresada y profesada por el Magisterio de la Iglesia desde hace diecinueve siglos». Y terminaba remarcando: «Esta Reforma [vaticanosegundista], por haber surgido del liberalismo, del modernismo, está del todo emponzoñada; sale de la herejía y desemboca en la herejía, aun cuando todos sus actos no sean formalmente heréticos. Resulta imposible, pues, a todo católico consciente y fiel, adoptar esa Reforma y someterse a ella de cualquier manera que sea. La única actitud de fidelidad a la Iglesia y a la doctrina católica, para nuestra salvación, es el rechazo categórico de la aceptación de la Reforma. Por eso, sin rebeliones, sin amarguras, sin resentimiento, proseguimos nuestra obra de formación sacerdotal a la luz del Magisterio de siempre, persuadidos de que no podemos rendir mejor servicio a la Santa Iglesia Católica, al Sumo Pontífice y a las generaciones futuras. Por eso, nos atenemos firmemente a todo lo que fue creído y practicado en la Fe, las costumbres, el culto, la enseñanza del Catecismo, la formación del Sacerdote, la institución de la Iglesia, por la Iglesia de siempre, y codificado en los libros publicados antes de la influencia modernista del Concilio, a la espera de que la luz verdadera de la Tradición disipe las tinieblas que oscurecen el cielo de la Roma eterna. Al obrar así, […] estamos convencidos de que permanecemos fieles a la Santa Iglesia Católica, Apostólica y Romana, a todos los sucesores de Pedro». (Tomamos la traducción de Marcel Lefebvre, Un Obispo habla, Ediciones Río Reconquista, 2008, pp. 168-169. De aquí en adelante, a menos que se dijere lo contrario, los escritos relativos a la controversia entre Roma y la HSSPX, de los cual extraeremos nuestras citas traducidas, los tomaremos del portal digital La Porte Latine, vinculado a la HSSPX).
La Declaración fue el principal pretexto para que el Ordinario del lugar en que tenía su sede la HSSPX decidiera revocar, con el visto bueno de Roma y por disposición de 6 de mayo de 1975, el status canónico de que venía gozando dicha sociedad en virtud del Decreto de erección que había aprobado su antecesor diocesano el 1 de noviembre de 1970.
Tras una reunión de Lefebvre con Giovanni Benelli (Sustituto de la Secretaría de Estado entre 1967 y 1977) en Roma, el 19 de marzo de 1976, este último escribió al Arzobispo una carta, datada el 21 de abril, en que le manifestaba «cuán feliz estoy de que nuestro encuentro se haya desarrollado con claridad, y también cuán más viva se hace cada día la espera de su regreso a [la] comunión efectiva con el Papa Pablo VI»; y añadía a continuación: «Usted recuerda ciertamente, en efecto, el trámite considerado como el más apropiado para lograr este feliz resultado. Después de haber reflexionado, solo, ante Dios, usted escribe al Santo Padre para decirle su aceptación del Concilio Vaticano II y de todos sus documentos; afirmar su pleno apego a la persona de Su Santidad Pablo VI y a la totalidad de su enseñanza, comprometiéndose, como prueba concreta de su sumisión al sucesor de Pedro, a adoptar y hacer adoptar en las casas que dependen de usted, el Misal que él mismo promulgó en virtud de su suprema autoridad apostólica».
Ante la intención de Lefebvre de conferir la ordenación sacerdotal a varios candidatos que ya habían completado su formación en el Seminario Internacional de Écône, Benelli le hizo llegar, a través del Nuncio Apostólico en Berna, dos cartas en nombre del Papa Pablo VI. En la primera, del 12 de junio de 1976, le informaba que, «de mandata speciali Summi Pontificis, en el estado actual de cosas […], debe abstenerse de conferir las órdenes a partir del momento en que haya recibido la presente conminación». En la segunda misiva, del 25 de junio, insistía en su amonestación, manifestándole que «usted se obstina y quiere ordenar sacerdotes en el mismo espíritu, bajo su propia responsabilidad, independientemente de los Ordinarios del lugar, en el marco de una Obra que la autoridad eclesiástica competente ha jurídicamente suspendido. El Santo Padre –añadía el Sustituto– me encarga hoy mismo confirmar la medida que le ha sido intimada en su nombre, de mandata speciali: abstenerse actualmente de conferir a los seminaristas ordenandos; ésta es justamente la ocasión para explicarles a ellos, así como a sus familias, que usted no puede ordenarlos al servicio de la Iglesia contra la voluntad del Pastor supremo de la Iglesia. No hay nada de desesperante en sus casos: si son de buena voluntad, y están seriamente preparados a un ministerio presbiterial en la verdadera fidelidad a la Iglesia conciliar [sic], uno se encargará de encontrar a continuación la mejor solución para ellos; pero que comiencen primeramente, ellos también, por este acto de obediencia a la Iglesia».
Monseñor Lefebvre procedió a las ordenaciones sacerdotales en Écône el 29 de junio. Mediante Notificación del 22 de julio de 1976, el Cardenal Sebastiano Baggio, Prefecto de la Sagrada Congregación para los Obispos, comunicaba al Prelado que el Santo Padre, en ese mismo día, había decidido imponerle la pena de suspensión a divinis.
Proceso e interrogatorio de Mons. Lefebvre en el Palacio del Santo Oficio
En enero de 1978, Pablo VI remitió el «Caso Lefebvre» al ex Santo Oficio, encauzándose a partir de entonces las conversaciones de la HSSPX con Roma a través de los sucesivos Jefes de este Dicasterio.
El primero de todos fue el Cardenal Franjo Seper, quien había tomado el relevo de Ottaviani desde principios de 1968. En carta de 28 de enero de 1978, el Cardenal Seper hacía saber al Arzobispo Lefebvre que se había iniciado contra él, por orden del Santo Padre, un procedimiento a fin de «examinar vuestra situación en la Iglesia desde el punto de vista de las posiciones doctrinales que habéis tomado en vuestras declaraciones y escritos y que se expresan también en vuestras empresas». En un Anexo aparte se remitía un elenco de esas declaraciones, extraídas principalmente de sus libros Un Obispo habla y Yo acuso al Concilio, editados en 1976, acompañadas de unas «graves críticas». No obstante, éstas no eran «juicios sin apelación», y Seper solicitaba a Lefebvre «respuestas a las cuales estáis en derecho de dar diversas formas», que «serán estudiadas con benévolo interés».
Lefebvre contestó el 26 de febrero con un larguísimo y documentado Informe. En el apartado concerniente a la cuestión litúrgica, terminaba reafirmando «nuestro apego a la Misa Romana de siempre, que no puede ser abolida y no puede ser objeto de censuras según el juicio infalible de San Pío V; queremos guardar la fe católica por la Misa católica, no por una Misa ecuménica, aun cuando sea válida y no herética, pero “favens haeresim”. Esto es lo que me hace decir que yo no vea cómo se puede formar clérigos con la nueva Misa; el sacerdote y el sacrificio tienen una relación cuasi trascendental; hacer dudoso el sacrificio, es hacer dudoso el sacerdocio».
En cuanto a sus declaraciones críticas con respecto al Concilio Vaticano II, recalcaba que, «las respuestas dadas a los diversos puntos evocados más arriba, manifiestan por qué y en qué medida hacemos reservas más o menos graves de cara a ciertos textos del Concilio, en particular acerca de los documentos de la Libertad Religiosa, de la Iglesia en el mundo y de las Religiones no cristianas. Ahora bien, ¿cómo explicar que estos textos del Concilio puedan contener expresiones contrarias a la enseñanza tradicional de la Iglesia sino por las malas influencias que se han ejercido en el curso del Concilio y antes del Conclio? Ciertas sesiones de la Comisión Central preconciliar manifiestan esas fastidiosas influencias. ¿Es devenir cismático mantener firmemente el Magisterio tradicional y oficial de la Iglesia? ¿Es ser cismático denunciar las influencias modernistas y liberales que han tenido lugar en el Concilio? ¿No es esto manifestar nuestra profunda unión con los Obispos y el Papa, que no pueden y no deben separarse de sus predecesores, pero que no están exentos de influencias peligrosas, consecuencias de este espíritu de apertura al mundo, de ecumenismo exagerado, que busca la unión en lugar de la unidad en la Verdad, que sólo la Iglesia posee?».
La Memoria, en fin, concluía con una «Profesión de Fe Católica», en que se proclamaba: «Profesamos la fe católica íntegra y totalmente, tal como ha sido profesada y transmitida fiel y exactamente por la Iglesia, los Soberanos Pontífices, los Concilios, en su perfecta continuidad y homogeneidad, sin exceptuar un solo artículo, especialmente en lo que concierne a los privilegios del Soberano Pontífice tal como han sido definidos en el Vaticano I. Rechazamos y anatematizamos asimismo todo lo que ha sido rechazado y anatematizado por la Iglesia, en particular por el Santo Concilio de Trento. Condenamos con todos los Papas de los siglos XIX y XX el liberalismo, el naturalismo, el racionalismo bajo todas sus formas; como los Papas los han condenado. Rechazamos con ellos todas las consecuencias de esos errores que se llaman “libertades modernas”, “derecho nuevo”, como ellos las han rechazado. Es en la medida en que los textos del Concilio Vaticano II y las Reformas postconciliares se oponen a la doctrina expuesta por esos Papas y dejan libre curso a los errores que ellos han condenado, que nosotros nos sentimos, en conciencia, obligados a hacer graves reservas sobre esos textos y esas Reformas».
El procedimiento quedó interrumpido a consecuencia de las sucesivas muertes y elecciones de Papas que se produjeron en los meses siguientes de ese año, reanudándose finalmente el 30 de noviembre, fecha de la carta del Cardenal Seper en que convocaba a Lefebvre a las dependencias de la Sagrada Congregación para someterle a un interrogatorio a fin de aclarar su postura. El examen tuvo lugar los días 11 y 12 de enero de 1979, y quedó recogido en un Acta.
A la pregunta número 2: «¿Sostiene usted que un fiel católico puede pensar y afirmar que un rito sacramental, en particular el de la Misa, aprobado y promulgado por el Soberano Pontífice, pueda ser no conforme a la fe católica o “favens haeresim”?», respondió Lefebvre: «Este rito en sí mismo no profesa la fe católica de una manera tan clara como el antiguo Ordo Missae, y, por consiguiente, puede favorecer la herejía. Pero yo no sé a quién atribuirlo, ni si el Papa es responsable de ello. Lo que es pasmoso es que un Ordo Missae de sabor protestante, y por tanto favens haeresim, haya podido ser difundido por la Curia Romana».
Y a la antepenúltima pregunta número 15: «¿En qué difiere su manera concreta de obrar del comportamiento cismático definido por [el] Canon [1325 del Código]?», respondió el Arzobispo: «Yo no rehúso estar sometido al Soberano Pontífice. La mejor prueba de ello es mi reciente visita al Santo Padre y mi presencia aquí. Yo pienso que está permitido, como lo han hecho muchas otras personas en el curso de la Historia, manifestar reticencias de cara a ciertas decisiones del Papa y de la Curia Romana. Pero yo hago eso por amor a la Iglesia y al Sucesor de Pedro, deseando que las cosas se arreglen lo más pronto posible, y no me considero como un jefe de filas. Desde el momento en que la infalibilidad no está empeñada, la expresión pública de sus dificultades por parte de un Obispo no constituye un delito de rebelión, si se apoya sobre la Tradición. Las dificultades que yo opongo al conjunto de la reforma litúrgica tienen en cuenta el hecho de que el Papa Pablo VI consideraba ésta como una reforma disciplinaria».
Terminado el proceso, sus resultados habían de ser primeramente revisados por la Congregación Ordinaria de Cardenales, y remitidos finalmente al Santo Padre para su decisión definitiva (tal como señalaba el Cardenal Seper en otra misiva a Lefebvre firmada el 13 de junio). No sabemos cuál pudo ser la resolución final del Papa, o siquiera llegó a dictar sentencia alguna al respecto.
El origen de la Nueva Misa
En todo caso, se encontraba moralmente bien respaldado el fundador de la HSSPX en relación a sus reparos hacia el Novus Ordo Missae. En febrero de 1964 se había creado el «Consilium para la aplicación de la Constitución sobre la Sagrada Liturgia», que se dedicaría a llevar a cabo una reforma a fondo de los ritos litúrgicos. El fruto final de sus trabajos, en los que jugó un papel protagonista Annibale Bugnini, Secretario del Consilium, fue presentado públicamente a principios de mayo de 1969, tras la promulgación por el Papa Pablo VI de la Constitución Apostólica Missale Romanum el 3 de abril de 1969 (AAS 61 (1969), pp. 217-222). Al instante, el Arzobispo Lefebvre y la escritora Vittoria Guerrini (fundadora de la sección en Italia de la asociación internacional Una Voce en pro de la Misa tridentina) reclutaron a un conjunto de teólogos y liturgistas que se reunieron durante las siguientes semanas en el local de Una Voce en Roma para varias sesiones de estudio en torno a la Reforma bugniniana, dando como resultado el famoso Breve Examen Crítico del Novus Ordo Missae, datado el 5 de junio.
Ahora bien, este opúsculo no sólo fue suscrito en septiembre por el Cardenal Ottaviani (inmediato antecesor, recordemos, del Cardenal Seper) y el Cardenal Antonio Bacci, sino que también lo presentaron al Papa en octubre acompañado de una corta epístola preliminar firmada por ambos. En ella, empezaban afirmando:
«Beatísimo Padre: Después de haber examinado el Novus Ordo Missae preparado por los peritos del Consilium ad exsequendam Constitutionem de Sacra Liturgia, después de haber largo tiempo reflexionado y orado, sentimos de nuestro deber, ante Dios y Vuestra Santidad, expresar las consideraciones siguientes:
1) Como lo prueba suficientemente el examen crítico adjunto, por breve que sea, obra de un grupo escogido de teólogos, liturgistas y pastores de almas, el Novus Ordo Missae, si se consideran los elementos nuevos, susceptibles de apreciaciones muy diversas, que aparecen subentendidos o implicados, se aleja de manera impresionante, en conjunto y en detalle, de la teología católica de la Santa Misa, cual fue formulada en la XXII Sesión del Concilio de Trento, el cual, al fijar definitivamente los “cánones” del rito, levantó una barrera infranqueable contra toda herejía que pudiera menoscabar la integridad del misterio.
2) Las razones pastorales aducidas para justificar tan grave rompimiento, aun si tuviesen el derecho de subsistir frente a razones doctrinales, no parecen suficientes. Tantas novedades aparecen en el Novus Ordo Missae, y, en cambio, tantas cosas de siempre se encuentran relegadas a un sitio menor o a otro sitio –por si acaso encuentran todavía lugar–, que podría resultar reforzada y cambiada en certidumbre la duda –que desgraciadamente se insinúa en numerosos ambientes– según la cual verdades siempre creídas por el pueblo cristiano podrían cambiar o silenciarse sin que haya infidelidad al depósito sagrado de la Doctrina al que la fe católica está ligada para la eternidad.
Las recientes reformas han demostrado suficientemente que nuevos cambios en la liturgia no podrán hacerse sin llevar a la desorientación más total a los fieles que ya manifiestan que les resultan insoportables y disminuyen incontestablemente su fe. En la mejor parte del clero, esto se nota por una crisis de conciencia torturadora de la que tenemos testimonios innumerables y cotidianos».
Por último, la carta liminar concluía con la siguiente súplica: «Siempre los súbditos, para bien de quienes se promulga una ley, tienen derecho, y más que derecho, deber, si la ley se revela al contrario nociva, de pedir al legislador, con filial confianza, su abrogación. Por todo esto, suplicamos instantemente a Vuestra Santidad no querer que nos sea quitada –en un momento en que la pureza de la fe y la unidad de la Iglesia sufren tan crueles laceraciones y peligros cada vez mayores– la posibilidad de seguir utilizando el íntegro y fecundo Missale Romanum de San Pío V, tan altamente alabado por Vuestra Santidad y tan profundamente venerado y amado por el mundo católico entero». (Tomamos la traducción de «Una Voce Argentina», En defensa de la Misa, ed. Iction, 1983, pp. 11-12).
(Continuará)
Félix Mª Martín Antoniano
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