FRANCIA, ESTRASBURGO- El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha publicado la actualización de su Guía de jurisprudencia en materia de terrorismo. Se trata de una compilación de casos ya resueltos, que constituyen los precedentes que fijan la doctrina jurisprudencial para la resolución de las futuras demandas que se sometan a su conocimiento.
La guía recoge cuestiones diversas como el uso de la fuerza por agentes estatales, la jurisdicción extraterritorial de cada estado, la detención secreta y la salvaguarda de personas privadas de libertad.
En la publicación se cita a España en media docena de ocasiones, destacando dos de ellas.
La primera es el caso de los partidos Herri Batasuna y Batasuna contra España, en el que el Tribunal confirmó que la disolución de partidos que apoyaran el terrorismo es conforme al Convenio europeo de derechos humanos, puesto que resultaba inaceptable el modelo global de sociedad propuesto por el partido demandante (HB) conocido por su apoyo a la ETA. El Tribunal declara que es razonable que otros Estados actúen de la misma manera, disolviendo partidos políticos, incluso en contextos donde haya menor margen de apreciación
El segundo de los casos que ha entrado a formar parte de la jurisprudencia europea, es el de Fraile Iturralde v España. El Tribunal Europeo también dio la razón a España en su negativa a acercar a su lugar de residencia al demandante, que está preso por pertenencia a un comando de la ETA. Los representantes del Estado probaron lo inconveniente que resulta acercar a terroristas condenados a las zonas de mayor influencia de la organización criminal. Este precedente también podrá ser usado en lo sucesivo por otros Estados, pues no existe el derecho de los presos a seleccionar su lugar de reclusión.
FARO/Margaritas Hispánicas