COLOMBIA- El Ejecutivo colombiano ha publicado el Decreto 216 de 2021, por medio del cual se adopta el «Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos Bajo Régimen de Protección Temporal», que ya se anunció el pasado 8 de febrero. Este mismo lunes, el presidente Duque firmó la nueva norma.
Según la sala de prensa de la Presidencia de la República, «esta medida busca estimular el tránsito al régimen migratorio ordinario y disminuir las cifras de migración irregular actuales y futuras». Para ello contará con dos herramientas jurídicas:
Creará un catastro para registrar a todos los venezolanos que se acojan a la normativa. El Registro Único de Migrantes Venezolanos bajo Régimen de Protección Tempora tendrá como fin recaudar información biográfica y biométrica e identificar a los solicitantes del Permiso por Protección Temporal; y que se realizará de forma virtual.
Colombia también expedirá un Permiso por Protección Temporal, mecanismo de regularización migratoria y documento de identificación, que podrá ser cancelado por medio de acto administrativo si el beneficiario incurre en alguna de las causales especificadas en el decreto.
Ambas estarán a cargo de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, entidad adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores.
El mecanismo, que tendrá una vigencia de 10 años. Acogerá a tanto inmigrantes venezolanos que estén regularizados como a los que sean solicitantes de refugio. También protegerá a los que se encuentren tramitando un visado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, a aquellos venezolanos que estén en una situación irregular y a aquéllos que ingresen al país de forma regular en los dos primeros años de vigencia del Estatuto.
La medida ha sido elogiada desde varios gobiernos y criticada por el gobierno chavista de Nicolás Maduro.
FARO/Círculo Tradicionalista Gaspar de Rodas