PANAMÁ- El proyecto de ley 478, que modifica el numeral 9 del artículo 212 del Código de la Familia, y que permitirá el divorcio entre personas de bajo recursos sin costo, fue aprobado en segundo debate.
La iniciativa promovida por la diputada Zulay Rodríguez pretende atender una situación problemática ante el número de familias disfuncionales. El pretexto de dicho proyecto de ley sostiene que no es sano mantener un matrimonio a la fuerza.
Con base en la iniciativa, el juez podrá decretar el divorcio cuando exista una separación de hecho por más de un año, aun cuando los cónyuges vivan bajo el mismo techo.
Además, ofrece la posibilidad de divorcio automático si media el mutuo consentimiento de los cónyuges, siempre que se cumplan los requisitos de que sean mayores de edad, que el matrimonio tenga como mínimo un año desde su celebración y que las partes ratifiquen su solicitud de divorcio transcurridos dos meses, desde la presentación de la demanda.
El juez también podrá decretar el divorcio cuando esté resuelto lo concerniente a la guarda, régimen de comunicación y de visita y los alimentos de los hijos que tengan derecho a ellos. El convenio regulador tendrá carácter vinculante y obligatorio entre las partes.
Durante el año 2020, en el año de la pandemia, se registraron 6,153 matrimonios en Panamá, con una tasa bruta de nupcialidad de 1.4 matrimonios por cada mil habitantes.
Al comparar la cifra absoluta con la del año anterior, se observó una reducción de 43.3% y la tasa bruta de nupcialidad por mil habitantes disminuyó 44.1%.
En ese mismo año de 2020, la estadística de los divorcios presentó 3,107 casos según residencia del hombre, con una disminución de 31.8% con relación al año anterior, mientras que la tasa bruta fue de 7.3 por cada diez mil habitantes, inferior al 2019.
La distribución porcentual de los divorcios a nivel provincial, el 43.7% correspondió a la provincia de Panamá, un 17.8% en Panamá Oeste, 13.9% a la provincia de Chiriquí y el 9.3% se situó en la provincia de Colón.
Analizando las cifras de divorcios según la duración del matrimonio previo, se observa que el 41.4% declaró que esta unión había tenido una duración menor de 10 años, mientras que el 29.5% manifestó una duración entre 10 a 19 años y un 29.1% señaló tener más de 20 años de casados. Entre las razones más comunes, está el maltrato, y el abandono, ya sea por parte del marido o de la mujer. Con estas cifras es fácil percibir cómo la destrucción de la institución familiar avanza en Panamá amparada por este tipo de leyes inicuas.
Agencia FARO