La oposición en el Consejo Real a la inválida Pragmática de 1830 (I)

Pegenaute da a entender que su biografía era el primer estudio que aportaba a la historiografía datos documentales contemporáneos a la publicación de la Pragmática que manifestaban esa conjura antijurídica y antirrealista

Francisco Tadeo Calomarde (1773-1842). Secretario del Despacho de Gracia y Justicia entre Enero de 1823 y Octubre de 1832.

Dentro del Capítulo V de su libro Trayectoria y testimonio de José Manuel del Regato (1978), Pedro Pegenaute incluye un epígrafe 6º titulado «Regato y su versión de la Pragmática Sanción de 1830», en donde se recogen varios extractos de cartas enviadas por Regato a Mariano Carnerero (funcionario adscrito a la Embajada en París, y colaborador-corresponsal de aquél desde Abril de 1828) en que le pone al tanto de los últimos acontecimientos habidos en la Corte concernientes a la publicación de la Pragmática y sus impresiones al respecto.

En una primera carta de 29 de Marzo de 1830, comentaba Regato: «El día 27 se reunió el Consejo Pleno de Castilla para tratar del negocio más importante y delicado que en mi concepto puede suscitarse en la actualidad. El Ministerio, y los que con arreglo a sus máximas aconsejan a Fernando, le han sugerido la idea de anular la Ley Sálica [sic], y al intento ha mandado al Consejo se prepare lo conveniente a la promulgación de una Ley que en el año 89 preparó Carlos IV oyendo a los Procuradores en Cortes con el mismo fin. […] Omito toda reflexión sobre este negocio, que, a pesar de manejarse con misterio y reserva, se ha traslucido demasiado, y se comenta más de lo que es menester. Alterar las Leyes de sucesión de esta Monarquía, estando viva aún la protesta de la Casa de Austria contra el derecho de los Borbones, y cuando el reino está en el mayor descontento, y todo esto por dar gusto a la parcialidad de un Ministerio prevaricador, amenaza un porvenir borrascoso y… Dios nos libre de la guerra civil».

En otra carta de 1 de Abril, Regato añadía la siguiente información: «Ayer a las cinco de la tarde se promulgó la Pragmática Sanción aboliendo la Ley Sálica [sic]. A casi todas las gentes les sorprendió semejante acto; pues, aunque muchos sabían que en el Consejo Pleno del 27 se había tratado este negocio, nunca creyeron que se llevase a efecto con tanta precipitación. Sólo cinco Consejeros se opusieron, y entre ellos hubo uno que calificó esta disposición de promovedora de la Guerra Civil».

Por último, citamos otra de 29 de Abril, en la que Regato amplía aún más sus datos y opiniones en relación a todo este asunto: «La caída de uno de estos Ministros debe arrastrar precisamente la de todos; y así no veo resultados inmediatos contra Calomarde sólo por la celebridad que le dejen sus compañeros en el negocio de Ley de sucesión. Calomarde me dio a entender al principio que en este negocio había sido el principal; pero después me ha manifestado que sólo ha tenido la parte de remisión al Consejo de Castilla como dependencia de su departamento. De todos modos, el asunto se ha manejado con demasiada precipitación, y en mi entender nuestros Ministros no han sido más que instrumentos de la Clica [= el partido afrancesado-moderado], que aún sueña la destrucción de los Borbones; y que además tiene un odio implacable al presunto heredero de esta Corona, en caso de que el Rey no tuviese sucesión directa. Se habla mucho por acá de las Notas fuertes de ese Gobierno [= el de Francia] contra la mencionada Ley; y no será muy aventurado asegurar que, si llegásemos al caso de su ejecución, la resistencia del pueblo sería tan general como la que hizo en el año de ocho a Napoleón».

A la vista de todo esto, Pegenaute concluye, entre otras cosas, «que, aparte los autores que tras 1833 se pronunciaron en uno u otro sentido, por lo menos en una fuente documental coetánea a los hechos se encuentran referencias incuestionables a la hasta ahora negada conjuración liberal»; o, mejor habría que decir en este caso, conjuración de la facción revolucionaria afrancesada, si bien a la postre saliera también beneficiada sobre todo la facción revolucionaria liberal o constitucionalista propiamente dicha.

Pegenaute da a entender que su biografía era el primer estudio que aportaba a la historiografía datos documentales contemporáneos a la publicación de la Pragmática que manifestaban esa conjura antijurídica y antirrealista. Pero esto no es exacto, pues al menos ya existía otra fuente del mismo tipo que apareció publicada once años antes, en 1967, y que además ampliaba aún más los datos aportados por Regato en relación a todo este asunto. Nos referimos a la excelente edición en tres Volúmenes, por Ana M.ª Berazaluce, de los Diarios de una de las más grandes personalidades carlistas, el jurista gallego José Arias Teijeiro, quien llegaría a ser Ministro Universal del Rey Carlos V en 1837. En fin, la conclusión de Pegenaute sorprende un poco si se tiene en cuenta que él había incluido estos Diarios también dentro de la bibliografía manejada para la elaboración de su, por lo demás, notable biografía.

Félix M.ª Martín Antoniano 

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