El aborto y la persona por nacer

Contra algunos seudo filósofos, como Habermas, que dicen que el feto es un ser condicional (y por ello se lo puede abortar porque todavía no es persona), sostengo que el feto no es una persona en potencia o posible -algo que puede ser hombre o no- sino que es ya persona en el sentido clásico del término: substancia individual de naturaleza racional.

El profesor Juan Fernando Segovia durante la presentación del libro «Experiencias, doctrinas políticas y derecho público», en 2023

Nunca falta el que -dolido por el juicio que cree en su contra- reaccione con una crítica desorbitada. Eso ha sucedido con mi reciente opinión sobre los dichos del abogado Manuel García-Mansilla, profesor y decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral del Opus Dei en Argentina. Un lector me acusa -eso me han referido- de haber cometido una falacia peor que la del susodicho: éste llamó «niño» al ser por nacer, pero yo lo he llamado incorrectamente «persona».

Voy reafirmar que «el feto es persona». Contra algunos seudo filósofos, como Habermas, que dicen que el feto es un ser condicional (y por ello se lo puede abortar porque todavía no es persona), sostengo que el feto no es una persona en potencia o posible -algo que puede ser hombre o no- sino que es ya persona en el sentido clásico del término: substancia individual de naturaleza racional. Y que inclusive es también persona en sentido moderno, porque es un ser racional y goza de dignidad; motivo por el cual también se puede afirmar que es un ser libre, esto es: capaz de autodeterminación, si se quiere.

El feto es un ser por nacer pero, aunque no nacido, tiene su ser en acto. «Es», no potencial sino «realmente», actualmente, «en acto». Tiene la perfección de la persona en acto. Si fuera potencia pura estaría en estado de privación, no sería más que materia informe. La experiencia (que nos permite ver el desarrollo del feto primero en persona nacida y luego en hombre pleno) y las ciencias biológicas (que afirman la vida del feto desde el primer instante de la concepción) niegan que el feto sea algo potencial: es «ser en acto», tiene ya una perfección entitativa (la primera y fundamental, la de mayor necesidad) y es ésta la que implica necesariamente la capacidad de recibir otras perfecciones en él. 

No se duda que en el ser por nacer hay naturaleza humana; y si hay naturaleza entonces hay vida y persona, pues el feto es puerperii animati, como sostiene el Aquinate. En todo caso, no es pura potencia aunque tenga la perfección de la especie en potencia. El embrión tiene, al principio, un alma casi exclusivamente sensitiva, que es mejorada -perfeccionada- por otra más perfecta, sensitiva e intelectiva a la vez.

Sabemos que la generación es un movimiento hacia la forma; y el ser generado, el feto o nasciturus, posee ya la forma substancial -el alma- en virtud de la cual puede adquirir nuevas formas accidentales. Porque todas las perfecciones posteriores posibles (alimentación, crecimiento en edad, educación y desarrollo de la inteligencia y del cuerpo, etc.) suponen una perfección primera ya existente: «ser», tener el ser.

Lo contrario -reducir el feto a sola potencia- es tanto como decir que es nada más que posibilidad, olvidando que la potencia no es única ni prioritariamente posibilidad. La potencia es capacidad de algo o alguien que es (que tiene el ser) para seguir siendo y adquirir todas las otras perfecciones que ahora tiene sólo en potencia. La única diferencia con la persona nacida es que el feto es persona no nacida. El feto y el no nacido no son dos personas distintas con un valor legal o humano también distinto.

La racionalidad, que aduce el Filósofo como signo distintivo de lo humano, existe en el feto, pues de otra manera no sería hombre: posee un alma racional. Basta verlo nacer para advertir que el feto es racional en la medida de su condición y que, nacido y al crecer, desarrollará esa potencia en innumerables actos.

Negarlo es un absurdo que lleva a otros absurdos. Si se niega al feto la racionalidad al solo efecto de legitimar que sea matado, ¿por qué no legitimar el infanticidio hasta los dos años?, ¿por qué no matar a los idiotas o imbéciles? Si de la racionalidad depende la libertad de la persona, y por eso el feto, todavía no persona, no es libre y se lo puede matar, ¿qué impide que lo mismo se postule respecto de los retardados, los incapaces, los esclavos y los menores? En una sociedad que protege la vida del animal, matar legalmente al nasciturus significa que es menos que una bestia. ¡Sociedad protectora de animales y homicida del ser por nacer!

El feto vive, tiene la vida en potencia para algunas capacidades (la racionalidad plenamente desarrollada, p.e., ser historiador o abogado), pero también tiene vida en acto para otras realizaciones o actividades (el alimentarse, el crecer, el nacer). Y eso porque, como hemos dicho, tiene un alma apropiada a su estado de desarrollo vital. Luego, hay que concluir con Tertuliano que ya es hombre aquel que lo será: Homo est et qui est futurus.

Finalmente, una reflexión desde la teología moral: pecado mortal es el que se dirige directamente contra la vida del hombre, por eso la simple fornicación es pecado mortal, desde que importa un desorden que daña la vida del que ha de nacer de la unión carnal. En consecuencia, si el impedir el nacimiento de la persona -como en el caso de los medios anticonceptivos- es un daño a la vida del que aún no ha sido concebido -un pecado mortal-, mucho más gravoso es matar al nasciturus. Es evidente que no se consideraría que hubo daño, lesión o perjuicio a la vida de un ser que no tuviera vida, es decir, que no fuera vivo porque es un no nacido. En el ser por nacer el aborto acaba con esa vida, es un daño irreparable a esa vida personal, un homicidio allende las leyes positivas.

Juan Fernando Segovia

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