7. Pero el Pontífice añade, de inmediato, otra dimensión del Reino de Cristo. Lo dice con estas palabras:
«incurriría en grave error el que negase a la humanidad de Cristo el poder real sobre todas y cada una de las cosas sociales y políticas del hombre, ya que Cristo como hombre ha recibido del Padre un derecho absoluto sobre toda la creación, de tal manera que toda ella está sometida a su voluntad».
Esta afirmación es capital: la potestad regia de Nuestro Señor se extiende a todo negocio temporal de los hombres, a todas las cosas de la vida civil. Es la distinción clásica entre lo espiritual y lo temporal, que se traslada de inmediato a la distinción entre lo eclesial/divino/religioso y lo civil/temporal/secular.
Distinción no es separación. El Papa –a diferencia de los protestantes– distingue los reinos sin separarlos, somete ambos a un mismo y único Rey, de modo tal que, aunque diferenciados, los dos caen bajo el dominio del mismo Señor y Rey, Jesucristo.
Juan Fernando Segovia, Consejo de Estudios Hispánicos Felipe II