Exonerados los acusados del magnicidio de Eduardo Frei Montalva

Eduardo Frei y Pablo VI. Foto de la Casa Museo Eduardo Frei Montalva

La Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago dictó sentencia en segunda instancia del proceso por la muerte del expresidente de la República chilena, Eduardo Frei Montalva (gobierno demócrata cristiano, 1964-1970). La sentencia, de 25 de enero de 2021, revocó un fallo anterior de 2019, en el que se condenaba a seis personas por homicidio: Un autor, dos coautores, un cómplice y dos encubridores.

El reciente fallo absolvió a todos los que habían sido condenados, si bien solo han vivido para enterarse los supuestos coautores y el supuesto cómplice. El presunto autor había fallecido a los pocos meses de haber sido condenado a 10 años de presidio mayor en su grado mínimo, más penas accesorias.

La condena había sido dictada en enero de 2019 tras una investigación de 14 años que postulaba como autor del homicidio al médico Patricio Silva Garín. La tesis del supuesto homicidio había sido promovida por la familia Frei y el Estado de Chile, como causa emblemática de los derechos humanos frente al Gobierno Militar (1973 – 1990).

Eduardo Frei en las calles de Chile. Casa Museo Eduardo Frei Montalva

Sin embargo, con carácter previo a la sentencia, la opinión pública había notado una progresiva mutación en la tesis original de un envenenamiento. Esta hipótesis devino en la de un homicidio por proceder doloso protagonizada por el personal médico. Se alegaba la existencia de dolo en la aplicación de tratamiento innecesario y en el uso de medicina experimental. Todo ello en un paciente cuya salud era grave, a causa de una complicada hernia de hiato que no había sido operada con éxito en una cirugía anterior.

El fallo de primera instancia recibió críticas en su época, incluso por parte de comunicadores sociales. Estos, aunque aceptaban como posible la intervención del Estado para dar muerte a Frei −quién para 1980 se había consagrado como el principal líder la de oposición a Pinochet[1]−, eran capaces de percibir la falta de fundamento jurídico y la primacía del elemento político en la decisión de primera instancia.

Las dudas  han sido corroboradas por el giro decisorio de este reciente y contundente pronunciamiento la Corte de Apelaciones de Santiago, que ha descartado:

  1. La tesis del envenenamiento, respecto a la cual los mismos querellantes habían reducido el nivel de convicción conforme se consolidaba la investigación.
  2. Que el uso de un fármaco experimental, traído especialmente desde los EE. UU., hubiera sido realizado con la intención de forzar un agravamiento en la condición del paciente, incluso a pesar de la edad y enfermedad de este.
  3. Que la autopsia del paciente y el retiro de sus vísceras no fue realizada de manera reservada, oculta o clandestina, dado que se efectuó el viernes 22 de enero de 1982, a las pocas horas del deceso, con conocimiento médico del resto de personal del centro asistencial, así como de familiares, amigos y parientes, que con posterioridad a la noticia se habían agolpado en torno al lugar ese mismo día.

Para quienes siguieron con atención y objetividad los «avances» de la investigación judicial, y el contenido del fallo de primera instancia, el contenido del fallo superior no resulta sorprendente. No es así en el caso de la basta izquierda local y su derecha servil −que incluye al gobierno de Sebastián Piñera−, para quienes ha resultado un problema político que justifica agotar el último medio judicial: el recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia.

Eduardo Frei Montalva fue opositor abierto al gobierno de Pinochet desde fines de la década del 70. No obstante, en septiembre de 1973 apoyó la intervención militar que puso fin al gobierno marxista de Salvador Allende, quién nunca habría accedido al poder si no hubiese sido porque la bancada senatorial de la Democracia Cristiana comprometió sus votos para ratificar la primera mayoría relativa obtenida por Allende en las elecciones presidenciales de 1970.

 

FARO/Círculo Tradicionalista Antonio de Quintanilla y Santiago (Chile). S. A. Flores Alvarado