La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia estableció hace pocos días que los menores de edad mayores de 14 sólo necesitan el permiso de su tutor legal para contraer matrimonio, no para constituir una unión libre.
«La voluntad responsable para conformar la unión marital surge de facto y el consentimiento de sus protagonistas aparece implícito. Y si su constitución no se encuentra sujeta a trámites previos, ningún escenario existiría para exigir y diligenciar el referido beneplácito» manifestó la Corte. Esta decisión fue producto del estudio de un caso de relación entre un joven de 14 años y una mujer de 18. Esta pareja vivió en concubinato desde el año 2007 hasta la muerte de la mujer en 2012.
En una ponencia el magistrado Luis Armando Tolosa afirmó que: «El permiso para que los menores de 18 años y mayores de 14 años puedan contraer nupcias no es predicable de la unión marital de hecho. Esto constituye una de sus exclusiones».
Este es un importante paso en la ya avanzada banalización de la institución del matrimonio y la liberalización de los jóvenes reduciendo aún más la autoridad de los padres.
Agencia Faro, Círculo Gaspar de Rodas de Medellín.