El origen de la Policía en la Península española (IV)

En 1832, dentro las atribuciones del Ministerio del Interior, se incluía la Superintendencia General de Policía, quedando fijado así desde entonces el característico sistema administrativista-policial de todos los ulteriores Estados revolucionarios que se han venido sucediendo hasta hoy

Juan José Recacho (c. 1775-1834).

La interinidad en el cargo de la Superintendencia concluyó a mediados de Mayo de 1825, cuando fue llamado a ocuparla el Regente de la Audiencia de Asturias, Juan José Recacho († 1834), quien llevó a su máxima expresión la praxis policial antirrealista de sus predecesores. Ya que la historiografía liberal de las últimas décadas suele aducir los Partes que los Intendentes de la Policía de las principales Ciudades y sus subalternos emitían durante la época en que Recacho estuvo al frente de dicho Cuerpo como «evidencia irrecusable» de la existencia de una «conjura carlista», no estará de más recoger el testimonio alternativo de José Manuel del Regato († c. 1843) al respecto. Esta persona venía desempeñando oficiosamente una labor de agente informador al servicio del Monarca desde 1824, tarea que llegaría a quedar formalizada a fines de Marzo de 1829 al nombrársele ni más ni menos que Jefe de la «Alta Policía reservada», ejerciendo siempre sus actividades para con el Rey al margen de la organización de la Policía ordinaria, hasta que finalmente fue exonerado de sus funciones a final de Julio de 1831, víctima de las maquinaciones del partido moderado. En un escrito remitido a Fernando VII con fecha 30 de Enero de 1827, y a propósito de un Bando de Policía que Recacho había publicado el día anterior conteniendo expresiones tendenciosamente ambiguas, aseveraba Regato, entre otras cosas, lo siguiente (los subrayados son suyos): «V. M. no puede perder de vista que la Policía ha insistido mucho en la existencia del partido carlista; que con esta invención se ha puesto en cierta pugna este establecimiento con los defensores de V. M.; que por su consecuencia y por resultas necesarias de la opinión que se ha extendido sobre la complicación de la mayor parte de los Ministros con la política de los ingleses, los realistas desconfían de ellos y de las autoridades de Policía; que lo mismo en sus comunicaciones es muy probable que hablen con más o menos claridad contra los agentes de nuestro Real Gobierno; y que, confundiendo éstos sus intereses personales con los del bien de la Monarquía, podrán muy fácilmente convertir en supuestos enemigos de V. M. a sus más leales vasallos».

Para corroborar estos asertos, que como mínimo dejan en tela de juicio las informaciones que proporcionaban los funcionarios de la Policía, se podrían aducir otros múltiples testimonios que van en la misma línea. Como botón de muestra, reproducimos estos pasajes de una carta privada que el Intendente de Hacienda de Palma de Mallorca, Santiago Gómez de Negrete, remitió a su hermano residente en Madrid Fray Manuel, el 5 de Noviembre de 1827, y que fue interceptada y copiada por el Administrador de Correos en la Corte, agregado al servicio de la Policía en la época de Recacho: «He sabido que con fecha 1.º de abril –decía D. Santiago– dirigió desde aquí, con acuerdo y consentimiento del Intendente de Policía don Miguel Polidoro, y por disposición de Recacho, un emigrado francés llamado Mr. Francisco Huzon de Tur, revolucionario de los más terribles, una Representación que Recacho entregó a S. M. diciendo que yo era el supremo jefe de los carlistas, que pretendía poner en el trono al infante don Carlos y que tenía para esto ganados al Capitán General y varias otras personas, y aun que dirigía los sucesos de Cataluña. Algún ángel me sugirió la idea de no salir de Barbastro y de pensar en irme por ésa antes que por Cataluña, si no se contaba; pues de otro modo quizás me hubieran acusado nuevamente y el paso más inocente me lo habrían calificado de hecho positivo para sostener la calumnia. Parece que el tal Intendente de Policía solicita la administración del Real Patrimonio, y sería conveniente instruir a los empleados de Mayordomía Mayor de que don Miguel Polidoro fue un agente ciego de la traición de Recacho y un protector decidido de todos los malos». (F. Suárez, Los agraviados de Cataluña, Vol. 3).      

Simplemente añadir, por último, un dato interesante que apunta F. Suárez sobre la actuación de Recacho tras ser relegado de la Superintendencia a principios de Agosto de 1827: «se le ordenó entregar los papeles y salir inmediatamente a incorporarse a su destino de Regente de la Audiencia de Asturias. Quizás sea significativo (o acaso no) el hecho de que Recacho, en lugar de obedecer, huyera a Portugal y desde allí a Francia». (Op. cit., Vol. 1).

Al tiempo del cese de Recacho se promulgaron unos «Reales Decretos modificando el de 8 de Enero y Reglamento de 20 de Febrero de 1824 sobre la Policía», con fechas de 1 y 14 de Agosto, en virtud de los cuales, con el fin de reducir empleados y gastos, el cargo de Superintendente quedaba agregado al Secretario de Justicia, y se suprimían los Intendentes de Policía de las Ciudades, trasladando sus funciones, bajo el nombre de Subdelegados, a los Regentes o a uno de los Oidores o Alcaldes del Crimen allí donde hubiesen Chancillerías y Audiencias, y en los demás lugares a los Corregidores, Alcaldes Mayores, Jueces Civiles, o Gobernadores Militares y Políticos, «eligiéndose en todos los casos aquellas [autoridades] que gocen de buena opinión, sean adictas al Gobierno monárquico y capaces de desempeñar el encargo». De esta forma, la corporación policial vino a quedar fuertemente mermada en su entidad y autonomía primigenias.

El Secretario del Despacho de Justicia a la sazón, Francisco Tadeo Calomarde († 1842), hubo de acompañar al Rey en el viaje que éste realizó a Cataluña para apaciguar a los malcontents que se habían levantado al grito general de «¡Viva el Rey Fernando, muera el mal Gobierno! ¡Viva la Inquisición, muera la Policía!». En consecuencia, por Real Orden de 19 de Septiembre, se delegó interinamente en el Corregidor de Madrid la Superintendencia de Policía, con «la particular circunstancia de hallarse pendiente la organización de todas sus dependencias». La tarea recayó, pues, por primera y única vez, sobre un conspicuo realista, el Consejero de Castilla Tadeo Ignacio Gil († 1843), a quien más bien le habría agradado la pura y simple supresión del organismo; sin embargo, por otra Real Orden de 11 de Agosto de 1828 se le confirmó en el oficio interino de Superintendente.

En fin, las continuas instancias del Corregidor para ser relevado de un puesto tan desagradable para él, acabaron dando sus frutos a principios de Agosto de 1830. Fue sustituido por Marcelino de la Torre († 1861), Ministro Togado del Tribunal Mayor de Cuentas, con quien de nuevo la Superintendencia caía en manos de un funcionario de la facción moderada, como era tradicional. Arias Teijeiro describe del siguiente modo las primeras noticias que le llegaron acerca de ese relevo en el cargo: (Diarios, anotación del 11/08/1830): «A la noche va don Roque [López Varela] y cuenta que oyó al Corregidor [= Tadeo Ignacio Gil] felicitarse a sí mismo porque le quitaban la Superintendencia y han nombrado a don Marcelino de la Torre, ex-oficial de la Secretaría del Consejo de Estado en tiempo de la Constitución [= del Trienio Constitucional], Contador de Cruzada perversísimo, impurificado dos veces, dejándole luego 400 ducados por conmiseración, etc; pero íntimo de [Luis López] Ballesteros y [Manuel González] Salmón. Esta voz es muy válida. Si es cierta, no puede llegar a más la osadía en estas circunstancias! El Corregidor añadió que, si no fuera por la cuenta a [dar a] Dios, más valía morirse». El nuevo Superintendente no tardaría en retomar las usuales prácticas de la Policía, tal como refleja en otro lugar el mismo Teijeiro (anotación del 10/09/1830; el subrayado es suyo): «Don Marcelino [de la Torre] se emplea en forjar cartas de carlismo, etc., a lo Recacho, y las hace llegar al Rey por Doña Luisa [Carlota de Borbón-Dos Sicilias, esposa del Infante D. Francisco de Paula]».

De la Torre mantuvo el empleo de Superintendente hasta el 12 de Octubre de 1832. Para entonces ya se había formado, el 1 de Octubre anterior, el primer Ministerio (presidido por Cea Bermúdez) bajo María Cristina de Borbón-Dos Sicilias –elevada por esas mismas fechas a la suprema potestad, por incapacidad del Rey–, Gabinete que principió a implementar sin ambages las tan ansiadas reformas económico-administrativistas propugnadas por el bando moderado. Entre ellas se encontraba la instalación del Ministerio del Interior, que tuvo lugar, por disposición de 9 de Noviembre, bajo el nombre de «Secretaría del Despacho del Fomento». Dentro de sus atribuciones se incluía la Superintendencia General de Policía, quedando fijado así desde entonces el característico sistema administrativista-policial de todos los ulteriores Estados revolucionarios que se han venido sucediendo hasta hoy.

Félix M.ª Martín Antoniano

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