El sepelio de Humberto de Saboya (II)

EN EL CASO DE HUMBERTO NO NOS ENCONTRAMOS CON UN ENFERMO ARREPENTIDO QUE OBTIENE EL PERDÓN DEL PAPA Y LA RETIRADA DE SU CONDICIÓN DE EXCOMULGADO

Víctor Manuel de Saboya recibe parte de los últimos Sacramentos en la mañana del 9 de Enero de 1878.

Para una apreciación de esa actitud, se la puede contrastar con aquella otra que siguió Pío IX a la muerte de Víctor Manuel. El día 7 de Enero de 1878 se anunció que el Rey del Piamonte (que no de Italia) había caído gravemente enfermo. Pío IX envió ese mismo día a su Confesor, Fray Francesco Marinelli O.S.A. († 1887), Sacristán de Su Santidad, al Palacio del Quirinal, donde yacía el moribundo, plenamente autorizado para moverle a penitencia y reconciliarle con la Iglesia mediante la firma de un documento de retractación; pero los Ministros y demás oficiales que le rodeaban no dejaron que el enviado papal se acercara al lecho, a pesar de los esfuerzos infructuosos en este sentido por el Capellán Mayor de la Casa de Saboya, el Canónigo Valerio Anzino († 1899), quien por su parte también venía acudiendo al Palacio para interesarse por el enfermo. Finalmente, el día 9 por la mañana, el Capellán fue llamado a Palacio, y allí Víctor Manuel le pidió recibir los últimos Sacramentos. Anzino le confesó, y después acudió a solicitar del Párroco de la Iglesia de los Santos Vicente y Anastasio en Trevi la bolsa del Santo Óleo y el Santo Viático para administrárselos al penitente, pero el Cura se negó a dárselos pues tenía órdenes del Santo Padre de que no se le podían administrar los últimos Sacramentos si antes no firmaba una declaración formal de retractación de todos los actos que había realizado contra la Iglesia. El Capellán acudió entonces al Arzobispo Vicegerente de la Diócesis de Roma, Giulio Lenti († 1895); le explicó que el penitente le había facultado para declarar ante cualquier eventualidad que «él tenía intención de morir como buen católico aprobando todo cuanto la Iglesia aprueba, y reprobando cuanto la misma reprueba y todo aquello en que hubiera podido faltar contra la misma», tras lo cual el Vicegerente le autorizó para administrarle los últimos Sacramentos, previo acuerdo de que el Capellán pondría este propio testimonio suyo por escrito. Así pues, Anzino regresa al Quirinal, e insta de nuevo al moribundo a renovar su anterior acto de retractación, y éste responde: «Le autorizo a declarar que tengo intención de morir como buen católico con sentido de filial devoción al Santo Padre. Lamento si he causado algún disgusto a Su Persona, pero en todo caso no he tenido nunca la intención de causar daño a la Religión». El Capellán le administró el Santo Viático, pero no la Extremaunción, pues el muriente se sentía algo mejor y quiso posponerlo para la tarde. Sin embargo, poco después el enfermo empeoró otra vez y Anzino fue llamado de nuevo al Quirinal, pero al llegar ya había fallecido Víctor Manuel, a la una y media de la tarde. Al día siguiente, el Capellán envió al Cardenal Vicario General de Roma, Rafaelle Monaco La Valletta († 1896), la prometida declaración jurada escrita acerca del acto de retractación verbal dado por el fallecido.

Todos estos detalles del deceso los conocemos precisamente gracias a esa declaración jurada. También se recogen sintetizados estos pormenores en un despacho diplomático que envió el Secretario de Estado a los Nuncios para que lo pusieran en conocimiento de los diversos Gobiernos, fechado el 28 de Enero de 1878. En él se subraya que: «en virtud de esta declaración [la del Capellán] se permitió que el difunto fuese acompañado del clero y recibiese la sepultura eclesiástica». Y se añade: «Asegurado de la decisión tomada por el Padre Santo, después del acto de reparación [del moribundo] que se había verificado, el Gobierno [intruso] hubiera deseado que esta decisión tuviese por objeto, no sólo autorizar las pompas fúnebres concedidas a todo particular que a punto de morir se reconcilia con la Iglesia, sino las que son debidas a un Rey católico muerto en sus Estados y en su propio Reino. Se hicieron todos los esfuerzos posibles para obtener esto, pero en vano, habiéndose obstinado firmemente la Iglesia Católica en no conceder más que lo que podía ser pedido por cualquier pecador muerto penitente, y en negar lo demás. Por esta razón el difunto no pudo ser acompañado a su sepultura más que por el Cura y el Clero de su Parroquia, compuesto de una docena de simples eclesiásticos» (trad. ult. op. cit.). Las exequias y el entierro, efectuados de esta forma, tuvieron lugar en Roma el 17 de Enero.

Ahora bien, en el caso de Humberto no nos encontramos con un enfermo arrepentido que obtiene el perdón del Papa y la retirada de su condición de excomulgado. Humberto murió prácticamente en el acto a consecuencia de los balazos recibidos. Y, no obstante, los católicos del mundo recibían por la Prensa sorprendentes noticias acerca de las medidas adoptadas por los representantes jerárquicos de la Iglesia en torno al impenitente asesinado. No entraremos en aquellos telegramas que anunciaban que el Papa supuestamente había dado la Bendición Apostólica a la Familia Saboya en general (sin distinciones), o que pensaba enviarla a Víctor Manuel III del Piamonte en particular (heredero de Humberto en el expolio), pues no nos consta que se confirmara posteriormente ninguna de estas informaciones. En cambio, en lo que no cabía ninguna duda era que Roma había consentido: en la celebración de honras fúnebres y Misa exequial por el recién difunto, y además incluso con las pompas y solemnidades previstas por la Iglesia para el caso de muerte de un Rey católico legítimo; en la sepultura del mismo en lugar sagrado, en concreto en la Iglesia de Santa María de los Mártires (sita en el antiguo Panteón de Roma); y en la general celebración de Misas y elevación de preces en sufragio de su alma. Los funerales y el entierro se verificaron el 9 de Agosto a la vista y conocimiento de todo el mundo.

 

(Continuará)

Félix M.ª Martín Antoniano

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