Pero la principal regulación, en segundo lugar, eran las medidas legales concernientes a la tasación del precio de venta de los granos por los productores, así como el del pan para los consumidores. El sistema introducido por San Pío V, que duró mucho tiempo, consistía en que los productores vendían por obligación legal el grano a la Annona, y ésta lo revendía a su vez al gremio de panaderos de la Ciudad de Roma, quien lo distribuía a la población a bajo precio (hoy dirían algunos a «precios políticos»). En años de malas cosechas, dicha institución revendía por debajo del costo; y en los de buenas, por encima, para así tratar compensar sus cuentas. Los agricultores, sin embargo, no tardarían en protestar por la prohibición de exportar y la obligación de vender a la Anonna por el precio y en la cantidad señalados por ésta, desincentivándoles así para el cultivo; y los panaderos, por su parte, deseaban comprar directamente a los agricultores sin tener que pasar por ese organismo. Quejas éstas que acabaron determinando a Alejandro VIII (1689-1691) a suprimir la intermediación de la Annona y que los panaderos recobrasen la antigua libertad de comprarlo a los agricultores. Pero, en los años de buenas cosechas, los labradores seguían sin poder exportar sus excedentes, obligándoles a malvenderlo a los antedichos monopolistas con privilegio para la exportación, por lo que suplicaban, como mal menor, que la Annona les volviera a comprar el grano a un precio algo menos ruinoso (hoy dirían algunos mediante un «precio de protección»). Indica Noguer que en tiempos de Benedicto XIII (1724-1730) las alhóndigas de la Annona estaban tan repletas de grano que los pobres iban directamente allí para proveerse y amasar ellos mismos el pan en su casa. En cambio, se quejaban los panaderos «porque la Annona los brumaba con una carga insostenible de pan que les vendía. Los mercaderes no estaban de mejor talante, porque, a su decir, la Annona, con sus negociaciones, les privaba del fruto principal de sus trabajos. ¡Tan difícil ha sido siempre –concluye el jesuita– conciliar los intereses de los consumidores con los de los productores!». Este Papa trató de compensar, por lo menos, a los horneros bajándoles el impuesto por la molienda.
Con todo, la Annona fue cayendo en una situación cada vez más deficitaria, por lo que, si todavía conseguía a lo largo del siglo XVIII que el pan se vendiera por debajo del costo, era porque se subvencionaba con el dinero de las donaciones con que los sucesivos Pontífices habían estado dotando a dicha institución a lo largo de los años. Pío VI, finalmente, trató de descargarla de gastos y estimular a los horneros y labradores estableciendo la libertad de tráfico y panificación, exceptuando todavía a los panaderos dependientes de la Annona.
Nos encontramos ya en la segunda época a la que aludimos al principio, en donde las teorías de esa nueva «ciencia» a la que se denominó Economía se habían venido expandiendo por toda la segunda mitad del siglo XVIII, y cuyo influjo comenzará a sentirse también en la política de los Estados Pontificios: no tanto en la política agraria y de propiedad (en esto discrepamos algo del investigador italiano Simone Rosati, Profesor de Historia del Derecho en la «Universidad Católica de Murcia», con independencia de los valiosos datos aportados en sus trabajos al respecto), como sí en la política de liberalización de la actividad productiva, del comercio y de los precios, con especial énfasis en lo relativo a los gremios de oficios y profesiones. Punto culminante de este proceso lo representa, como dijimos, el reinado de Pío VII, quien llega al pontificado tras la caótica anarquía de la llamada República Romana (1798-1799), implantada tras la primera invasión napoleónica y el concomitante cautiverio de Pío VI.
Pío VII, como remedio a la deplorable situación económica heredada, procedió a abolir el régimen antiguo de la Annona y a establecer la libertad de tráfico interior de granos. En Motu proprio de 2 de septiembre de 1800 –apunta Noguer–, «dio a los agricultores de Roma y provincias suburbanas licencia de vender el grano a quien les pluguiese y por el precio que quisiesen en dos mercados de Roma. […] Sujetó el pan a tarifa, mas prometió gratificaciones a los panaderos que fabricasen el usado por la clase menesterosa, y a condición de que lo vendiesen a ésta con la baratura que allí señala». El Papa suprimió a su vez el gremio que estaba ligado a la Annona con estas palabras: «para alejar siempre más el peligro de aquellos perjuicios que, en daño de la clase de los consumidores, y sobre todo de los pobres, la constante experiencia de todos los Estados ha demostrado derivarse necesariamente de los vendedores de comestibles unidos en cuerpo, queremos que, inmediatamente después de la publicación del presente Motu proprio, se entienda disuelto y destruido para todos los efectos, y como si nunca hubiese existido, el antiguo gremio de los panaderos [l´antica Università de’ Fornari]». Poco después, en virtud de otro Motu proprio de 11 de marzo de 1801, quedaron también abolidos los gremios vinculados a la Grascia.
Félix M.ª Martín Antoniano
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