¡Que no te enteras, Contreras!

ES MUY DIFÍCIL IGNORAR LA FORMA MENTIS POSITIVISTA DE QUIENES DEFIENDEN LA CONSTITUCIÓN DESDE LA DERECHA LIBERAL

Francisco José Contreras. VOX.

De entre los defectos que tiene ese lodazal que es la red social X, antes Twitter, a veces asoma una virtud: la de retratar a sus usuarios en sus propias contradicciones. Es lo que sucedió hace unos días con ocasión de la polémica suscitada por los encontronazos entre críticos (los menos) y defensores de la Constitución de 1978 y la monarquía parlamentaria en el seno de las manifestaciones contra la amnistía del Doctor Sánchez a los secesionistas. No es este un formato adecuado para relatar la polémica y tampoco volveremos sobre el tema de las manifestaciones; baste decir, a lo que nuestro tema respecta, que en la susodicha polémica estaba involucrado Francisco José Contreras, ex diputado de VOX en el Congreso y catedrático de Filosofía del Derecho en la Universidad de Sevilla, que, por supuesto, defendía la Constitución vigente y la monarquía parlamentaria. Aquí simplemente glosaremos desordenada y rápidamente un par de sus ocurrencias.

En primer lugar, es muy difícil ignorar la forma mentis positivista de quienes defienden la Constitución desde la derecha liberal, incluso entre quienes, como Contreras, se dicen defensores del derecho natural. Debemos comenzar, por tanto, distinguiendo dos tipos de críticos de la Constitución: los que critican la Constitución de 1978 en particular (por lo que consideran más o menos equivocado en su contenido) y los críticos de toda Constitución en general, es decir, del constitucionalismo como técnica jurídica positivista. «Cuanto en una Constitución se escriba —ha escrito el filósofo Rafael Gambra y lo hemos repetido en estas páginas hasta la saciedad—, se hace como emanado de una convención o acuerdo de voluntades humanas, nunca como reconocimiento de algo que existe por sí y que trasciende a esa voluntad humana. La propia afirmación de catolicidad del Estado significaba, en [las] Constituciones, no un reconocimiento de la existencia de Dios y de su ley, sino parte de la voluntad general en su expresión constituyente». El concepto material de Constitución no puede escapar de su concepto formal.

Contreras se dirige a los críticos de la Constitución del 78 que no lo son del constitucionalismo en general, de ahí que insista en la necesidad de «corregir la Constitución desde dentro», pues quienes no lo hicieran, con poca autoridad podrían exigir después el cumplimiento de su propia constitución (ya se sabe, el eterno sujeto constituyente-constituido). Pero semejante afirmación no sirve frente a los críticos del constitucionalismo.

Por otro lado, Contreras asoma su patita de positivista al defender la necesidad de una constitución y deslizar que «la última vez que nos quedamos sin reglas del juego, terminamos en una guerra civil», afirmación que jamás saldría de la boca de un iusnaturalista cristiano: ¡no puede no haber reglas del juego, señor Contreras! Si hay juego, hay reglas, inherentes al mismo concepto de juego. Porque las reglas escritas son sólo una parte de todas las reglas. Y no, la guerra no es la ausencia de reglas ni su consecuencia. Si de algo es consecuencia la guerra, y en especial las guerras civiles, es en todo caso de la oposición de unas reglas contra otras exigiendo adhesiones contradictorias.

Pero el señor Contreras vuelve a asomar su patita de positivista iusescéptico cuando dice que la Constitución «se hizo con buena intención, en aras de la reconciliación». Estamos ante un tópico muy recurrido por la generación que hizo la «transición democrática» que delata una concepción instrumental de la constitución y del derecho en general, cuya validez reside no en su contenido, sino en la capacidad para garantizar la coexistencia de contrarios (que no la paz, que es cosa distinta), olvidando que el consenso por el consenso es imposible. La misma concepción de Kelsen cuando afirmaba que «el derecho —considerado con criterio puramente positivista [sic]— es un orden coactivo exterior» para producir la «situación social deseada» e impedir «la conducta contraria a esa situación». Es decir, el derecho no dice lo recto o lo justo, porque «no es cuestión de contenido».

Dicho de otro modo: desde una perspectiva positivista, el derecho es la técnica de racionalización del poder. Puro voluntarismo. Por eso en estas páginas hemos dicho que el Doctor Sánchez es el perfecto constitucionalista, a diferencia del catedrático Contreras, que en el fondo está apelando a la Constitución contra la Constitución.

Antes de concluir, he dicho al comienzo de estas desordenadas glosas que el asunto se mezclaba también con la monarquía parlamentaria (ya saben: corona de talco, cetro de cartón y manto de percalina, como decía el gran Gabino Tejado). Un empleado más o un empleado menos en la nómina constitucional tampoco es algo muy preocupante. Ni siquiera si el despido es improcedente. Lo preocupante son los inconsecuentes de bufé libre que, reconocidos en su inconsecuencia, inmediatamente preguntan: «¿Cuál es la alternativa? ¿Cómo van a implantarla? ¿Con qué apoyos?». Son como esos católicos a los que se refería Galarreta que preguntan constantemente «¿qué hay hacer?» en vez de «¿qué tenemos que hacer?». Desde luego que pocos apoyos se pueden esperar de quienes quieren la comida hecha y servida en bandejas a elegir. Pero la política de verdad es plato único y se cocina a fuego lento.

Manuel Sanjuán, Círculo Cultural Juan Vázquez de Mella

Deje el primer comentario

Dejar una respuesta